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COMUNICADO DE PRENSA

 

 

La Coalición Cívica – ARI de José C. Paz manifiesta su solidaridad con la familia y con los compañeros de trabajo del joven Rodrigo Hernán, miembro de la Dirección de Tránsito de José C. Paz, quien falleciera el jueves 21 de Enero del corriente año.

 

Según denuncian sus compañeros de trabajo, Rodrigo Hernán en la víspera de su deceso, se descompuso en horario de trabajo y al manifestar su estado de salud ante sus superiores jerárquicos, no recibió por parte de estos la debida atención medica.

 

Solicitamos a las autoridades municipales de José C Paz la inmediata remoción preventiva de su cargo al Director de Tránsito, Roberto Denuchi, y de todo el personal jerárquico involucrado en este lamentable y terrible hecho, así como una investigación seria y el inicio de los correspondientes sumarios administrativos para deslindar todas las responsabilidades del caso, sin perjuicio de las responsabilidades penales que pudieran corresponder.

 

Instamos a las autoridades municipales de José C. Paz a que realicen las acciones pertinentes para impedir y castigar severamente cualquier tipo de maltrato y/o “castigo” arbitrario al personal municipal, de planta permanente o transitoria, por parte de sus superiores jerárquicos.

 

Repetimos lo que ya hemos manifestado en el recinto del H.C.D. de José C. Paz durante el tratamiento de los presupuestos municipales, cuando advertíamos que la existencia de miles de trabajadores municipales bajo la modalidad de “personal contratado” los colocaba injustamente en un estado de seria precariedad laboral y sometidos a todo tipo de abusos, ya que cualquier crítica o queja tiene por único castigo la remoción y la perdida del trabajo. Esto tiene que terminar.

 

Asimismo, queremos informar a todos los trabajadores de la Municipalidad de José C. Paz, en general, y del Cuerpo de Tránsito, en particular, estar a disposición para recepcionar denuncias ante cualquier tipo de abuso o represalia.

 

                Mario Filippa                                                   Gabriel Casas

Concejal C.C. - ARI   José C. Paz                  Presidente C.C. - ARI José C. Paz

 

 

 

 

 

 

 

El proyecto contra el tarifazo del Concejal Mario Filippa no fue tratado por el Concejo Deliberante en la Sesión del 7/8/09, siendo ingresado y quedando en espera de su tratamiento para la próxima Sesión. Es preocupante que el Concejo Deliberante de José C. Paz no tome conciencia del problema social que implica el tarifazo y en vez de adoptar una posición fuerte y decidida en defensa de los vecinos paceños, patee para adelante los problemas queriendo evadir la responsabilidad de tomar una posición política ante este tema. Lamentable…

PROYECTO CONTRA EL TARIFAZO DE GAS

El Concejal Mario Filippa presento un Proyecto de Resolución para que la Sra. Intendenta Interina intervenga en defensa de los vecinos de José C. Paz y presente una medida cautelar que suspenda el incremento de la tarifa del gas. Será tratado en la Sesión del día 7/8/09

Esperamos que los Concejales del oficialismo acompañen esta medida en defensa del Pueblo Paceño.

 

Ref. Proyecto de Resolución

 

 

VISTO: El creciente malestar de la mayoría de los argentinos que tiene acceso al servicio de gas natural de red y en particular de los vecinos de José C. Paz, respecto del aumento desmedido que se produjo en la facturación del servicio, y

CONSIDERANDO: Que los aumentos de tarifas a los usuarios residenciales del servicio de gas natural se dan en dos etapas y tienen origen en las Resoluciones Nº 1070/08 y Nº 1417/08 de la Secretaría de Energía de la Nación y en el Decreto Nº 2067/08 del Poder Ejecutivo Nacional.

Que el primer aumento surge por la aplicación de las Resoluciones Nº 1070/08, publicada en el Boletín Oficial el 1º de octubre de 2008, y de la Resolución Nº 1417/08 de la Secretaría de Energía de la Nación, publicada el 23 de diciembre de 2008 en el Boletín Oficial, y tienen efecto retroactivo al 1º de septiembre de 2008.

Que con la aplicación de estas primeras medidas el aumento del valor del metro cúbico , para los usuarios residenciales de Gas Natural BAN, partiendo de $0,166753 el  M3 de gas para el mes , es el siguiente : de 0 a 500 m3 por año el 1,6%; de 501 a 650 m3 el 1,6%; de 651 a 800 m3 por año 1,6%; de 801 a 1000m3 por año el 16% ; de 1001 a 1250 m3 por año el 23 % ; de 1251 a 1500 m3 por año el 29%; de 1501 a 18000 m3 por año el 32 %; mas de 1800 m3 por año el 35%.

Que a esta primera escala de aumentos en las tarifas de gas natural de los usuarios residenciales debe agregarse el que surge a partir del Decreto Nº 2067/08, que da origen a la creación de un Fondo Fiduciario para la importación de gas natural y que implica el cobro de una tarifa diferencial para aquellos usuarios con consumos superiores a los 1000 metros cúbicos anuales.

Que la incidencia del aumento del valor del metro cúbico por la aplicación del           Decreto Nº 2067/08, de acuerdo al consumo de los usuarios, redundará en los siguientes incrementos del valor: Para usuarios que consuman entre 1001 y 1250 m3 de gas por año el valor del m3 se incrementa en $0,050 ; para los que consuman entre 1251 y 1500 m3 por años en $ 0,1350 ; para los que consuman entre 1501 y 1800 m3 en $ 0,190 ; para los que consuman mas de 1800 m3 en 0,2790;en todos los casos  mas IVA.     

Que la magnitud del incremento de las tarifas de gas natural para los usuarios residenciales con consumos superiores a los 1000 metros cúbicos anuales, luego de ser aplicadas las Resoluciones ENARGAS y el Decreto Nº 2067/08, se expresa en el rango comprendido entre el 77% y 290%, según los intervalos de consumo expresados en el párrafo anterior, llegando en algunos casos a registrarse aumentos de hasta 400%.

Que no se respetó el marco normativo establecido en la Ley Nº 24.076, Marco Regulatorio del Gas, que establece en su artículo 46º, lo siguiente:

Los transportistas, distribuidores y consumidores podrán solicitar al Ente Nacional Regulador del Gas las modificaciones de tarifas, cargos, precios máximos, clasificaciones o servicios establecidos de acuerdo con los términos de la habilitación que consideren necesarias si su pedido se basa en circunstancias objetivas y justificadas. Recibida la solicitud de modificación, el ente deberá resolver en el plazo de sesenta (60) días previa convocatoria a audiencia pública que deberá celebrarse dentro de los primeros quince (15) días de la recepción de la citada solicitud.

Que no se realizaron las correspondientes Audiencias Públicas establecidas por el Marco Regulatorio del Gas.

Que a través del dictado del Decreto Nº 2067/08 el Poder Ejecutivo Nacional dispuso la creación de un impuesto destinado a la creación de un Fondo Fiduciario para atender las importaciones de gas natural y toda aquella necesaria para complementar la inyección de gas natural requerida para satisfacer las demandas internas.

Que para lograr la satisfacción de la demanda interna el Poder Ejecutivo Nacional ha dispuesto la creación de un tributo por cada metro cúbico de gas consumido por los usuarios residenciales, que tiene el carácter de un impuesto.

Que tal atribución le corresponde al Poder Legislativo según lo establecido en la Constitución Nacional.

Que el artículo 76º de la Carta Magna prohíbe la delegación legislativa en el Poder Ejecutivo, salvo en aquellas materias de administración o de emergencia pública con plazo fijado para su ejercicio y dentro del marco de la delegación que el Congreso establezca.

Que el artículo 29º de la Constitución Nacional establece:

“El Congreso no puede conceder al Poder Ejecutivo Nacional, ni las legislaturas provinciales a los gobernadores de provincia, facultades extraordinarias, ni la suma del poder público, ni otorgarles sumisiones o supremacías por los que la vida, el honor o la fortuna de los argentinos quede a merced del gobierno o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen a la responsabilidad y pena de los infames traidores a la patria”.

Que distintos fallos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación han ratificado estos preceptos constitucionales, con lo cual debe considerarse que lo derivado de la aplicación del Decreto Nº 2067/08 es de nulidad absoluta.

Que por su parte el Juzgado Federal de la Ciudad de Campana, a cargo del Dr. Federico Faggionatto Márquez, resolvió hacer lugar a la medida cautelar planteada por la Defensora del Pueblo del Partido de Escobar, ordenando a Gas Natural BAN S.A. que se abstenga de interrumpir, suspender, y/o cortar el suministro de Gas Natural motivado por la falta de pago de las facturas que incluyan el incremento del cargo tarifario establecido por el Decreto Nº 2067/08,  para los habitantes del Partido de Escobar.

Que el amparo judicial, presentado por la Defensora del Pueblo del Partido de Escobar, solicitaba   que  se  declare  inconstitucional  la  normativa  que  autorizaba  la  aplicación de  cargos  tarifarios  en  la  facturación  de  la  provisión  del  servicio  de  Gas  Natural, por considerarlo arbitrario, improcedente, inconstitucional, exorbitante e ilegítimo
Que con fecha 16 de Julio de 2009, el Juez amplió el mencionado fallo sosteniendo que: a) Deberá sustraerse para su cobro la cantidad de dinero consignada al decreto 2067/2008; b) Deberá sustraerse asimismo la retroactividad en relación al mismo decreto y c) En lo sucesivo Gas Natural Ban S.A. deberá abstenerse de incluir en las facturaciones el incremento previsto por dicho decreto hasta tanto recaiga la sentencia definitiva.
 
 
 
 

 

Que el mismo magistrado también fallo a favor del recurso de amparo presentado por el Defensor del Pueblo de Pilar, Orlando Bargaglio, para que se disponga la nulidad, por ilegítimo, el Decreto N° 2067/08 y las resoluciones que dieron lugar a facturaciones con adicionales en las tarifas de gas.

Que el recurso de amparo presentado por el Defensor del Pueblo de Pilar fue apoyado por el Honorable Concejo Deliberante.

Que en el Partido de Avellaneda, el Juez Luis Carzoglio avaló solicitud similar a la presentada por el Defensor del Pueblo de Pilar, Orlando Bargaglio, en este caso presentada por el defensor del Pueblo del Partido de  Avellaneda Dr. Sebastián Vinagre.

Que suman ocho los fallos que rechazan el cargo tarifario de manera cautelar, concedidos en Salta, Jujuy, Chubut, Santa Cruz, Tucumán, Escobar , Pilar, y Avellaneda, habilitando a los usuarios a pagar las facturas del servicio de gas natural pero excluyendo el cargo establecido por el Decreto 2067/08,

Que en este contexto el Intendente Municipal esta legitimado para la promoción de la acción judicial de amparo, en representación de los usuarios del Partido de José C. Paz.

Que su legitimación activa surge claramente de lo establecido en el artículo 52º de la Ley Nacional 24.240, Ley de Defensa del Consumidor, y del artículo 79º de la Ley Provincial 13.133, Ley Reglamentaria del Artículo 38º de la Constitución Provincial, sobre Derechos de Usuarios y Consumidores, que lo colocan en la ineludible responsabilidad de defender los derechos de consumidores y usuarios

Ley 24.240 ARTÍCULO 52º. — Acciones Judiciales. Sin perjuicio de lo dispuesto en esta ley, el consumidor y usuario podrán iniciar acciones judiciales cuando sus intereses resulten afectados o amenazados.

La acción corresponderá al consumidor o usuario por su propio derecho, a las asociaciones de consumidores o usuarios autorizadas en los términos del artículo 56º de esta ley, a la autoridad de aplicación nacional o local, al Defensor del Pueblo y al Ministerio Público Fiscal. Dicho Ministerio, cuando no intervenga en el proceso como parte, actuará obligatoriamente como fiscal de la ley.

Ley Provincial 13.133 ARTÍCULO 79º: Los Municipios ejercerán las funciones emergentes de esta Ley; de la Ley Nacional de Defensa del Consumidor, y de las disposiciones complementarias, de conformidad con los límites en materia de competencias y atribuciones.

Por ello: el Honorable Concejo Deliberante de José C. Paz en cumplimiento de las facultades otorgadas por la Ley Orgánica de las Municipalidades, sanciona con fuerza de

 

RESOLUCIÓN

 

Articulo 1º: Solicitar a la Señora Intendente Interina de José C. Paz, María Luisa Geiszer,  a que promueva ante la Justicia Federal competente el dictado de una medida cautelar, en protección de los Derechos de los usuarios del servicio de la empresa Gas Natural BAN S.A del Distrito de José C. Paz , tendiente a suspender los efectos de la aplicación de las Resoluciones Nº 1070/08 y Nº 1417/08 de la Secretaría de Energía de la Nación, visto que no se han realizado las correspondientes Audiencias Públicas establecidas por el Marco Regulatorio del Gas, Ley Nº 24.076, y del cargo tarifario establecido por Decreto 2067/08, por considerarse el mismo violatorio de los artículos 76º y 29º de la Constitución Nacional, siendo en tal sentido su aplicación de nulidad absoluta.

Articulo 2º: De forma.

 

 

 

 

   
 

 

 

 

 

 

 

LA RENUNCIA DEL INTENDENTE ISHII…

 

Primeramente debemos aclarar que la supuesta renuncia elevada por el intendente Ishii al H. Concejo Deliberante no era una renuncia. Las renuncias son indeclinables. No hay vuelta atrás, ni posibilidades de salidas o atajos. Pero el texto que llego a Consejo decía simplemente que el intendente ponía su renuncia “a consideración” del mismo. La sesión del día viernes 4 –supuestamente para considerar la renucia de Ishii– no fue más que una puesta en escena acompañada de lo que en la jerga se denomina una “aparateada” es decir, una demostración de la capacidad de movilización del PJ local, en donde sobreabundaron los bombos, banderas y demás folklore pejotista. Un “operativo clamor” para fortalecer políticamente a Ishii.  

 

La Coalición Cívica voto por el rechazo de la renuncia de Ishii. Pero a diferencia del resto de los ediles, que se desvivieron en loas y promesas de “si se va Ishii yo también me voy”, el voto de la Coalición Cívica fue rechazar el alejamiento de Ishii de la comuna, ya que Ishii debe hacerse responsable ante la sociedad paceña del efectivo cumplimiento de todas y cada una de las promesas que le hizo al Pueblo paceño, a saber: los asfaltos, las cloacas, el agua potable, la “Universidad”, los 20.000 puestos de trabajo en el Mercado Concentrador, así como honrar todos y cada uno de los “planes veredas” en donde fueron convocados centenares, tal vez miles, de paceños. Por eso el rechazo a la renuncia. El intendente Ishii debe quedarse en el cargo en el que fue elegido hasta diciembre del 2011 y debe cumplir todas y cada una de sus promesas.

 

La Coalición Cívica es una fuerza profundamente democrática, republicana y respetuosa de las instituciones. Nuestro voto rechazando la renuncia de Ishii no fue ni a favor ni en defensa de Mario Ishii, con quien tenemos numerosas e insalvables diferencias, fue en defensa de la institución “Intendente Municipal”, cargo que la ciudadanía paceña deposito en Mario Ishii, para que lo honre y para que gobierne hasta el último día de su mandato, el 10 de diciembre de 2011. Hasta ese entonces deberá gobernar. No hacerlo, irse, rehuir el mandato, rechazarlo, es un grave acto de irresponsabilidad política.

 

Resultados Elecciones 2009

 

Las elecciones en José C. Paz 2009 no fueron lo que esperábamos, no logramos ingresar Concejales al H.C.D., pese a ello, estamos muy contentos por el triunfo que a nivel nacional tuvo el Acuerdo Cívico y Social, quien pondrá fin a la larga y perjudicial hegemonía kirchnerista, la cual solo sirvió para comprometer y perjudicar los intereses del Pueblo y de la Nación.

 

Quiero agradecer en mí nombre y en el de la Coalición Cívica a todos los vecinos paceños que confiaron en nosotros y nos dieron su voto. Gracias, seguiremos trabajando por todos Ustedes honrando vuestra confianza.

 

También, un agradecimiento muy especial a toda la militancia, y sobre todos, a los nuevos amigos y jóvenes que se sumaron a fiscalizar la elección, dando muestras de gran compromiso cívico y social A ellos nuestro agradecimiento por haberse animado a participar y a tener el coraje de encarar, tal vez solos, el control de toda una escuela. Gracias. Y Bienvenidos. Sé que muchos de Ustedes llegaron para quedarse a militar.

 

¡¡¡GRACIAS VECINOS, GRACIAS MILITANTES¡¡¡

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

ACUERDO CÍVICO Y SOCIAL

Descargar PLATAFORMA 2009

http://acuerdo.org.ar/Plataforma2009.pdf

CONTACTO: geck2@hotmail.com

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 

 

Adiós al Presidente

Dr. Raúl Ricardo Alfonsín

 

12 de marzo de 1927 – 31 de marzo de 2009

 

La Coalición Cívica de José C. Paz expresa su profundo pesar por la desaparición física del ex – Presidente de la Nación, Dr. Raúl Ricardo Alfonsín.

Queremos expresar nuestra solidaridad a toda la familia Alfonsín.

Los miles de ciudadanos y ciudadanas que en el transcurso del día esperaron largas horas para poder despedir al Dr. Alfonsín son la clara señal del reconocimiento del Pueblo Argentino a quien tuviera la responsabilidad de conducir a la Patria a reencontrarse con la Democracia y de tener el valor de juzgar a la junta militar.

En una época en donde la política se ha convertido en sinónimo de corrupción, prebenda y beneficios personales, el Dr. Alfonsín abandona este mundo sin una sola mácula que empañe su buen nombre y honor, siendo un ejemplo de honradez, compromiso y austeridad republicana.

 

Q.D.E.P.

 

 

  Proyecto de Declaración 

La Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires

 

DECLARA

Manifestar su preocupación y rechazo a las expresiones realizadas por el Intendente del Distrito de José C. Paz, Mario Ishii, quien durante un acto proselitista el 3 de Febrero de 2009, manifestó: “Guay de aquellos que se quieren pasar de listos con este gobierno porque hay muchos peronistas y compañeros, como los que están acá, que vamos a salir a la calle y los vamos a ir a buscar…”

Asimismo, llamar a la reflexión a los funcionarios y hombres públicos presentes en el acto, Ex-Presidente, Gobernador, Vice-Gobernador, Ministro, Diputados Nacionales y Secretario de Estado, quienes con su silencio ante estas expresiones, legitiman lo dicho.

FUNDAMENTOS

El día 3 de Febrero de 2009 se realizo un acto proselitista en el Mercado Concentrador de José C. Paz con motivo de la visita del Sr. Ex – Presidente de la República Dr. Néstor Kirchner para lanzar su estrategia partidaria nacional para las elecciones legislativas 2009. En el acto estuvieron presentes el Sr. Gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Daniel Scioli; el Sr. Vice-Gobernador Alberto Ballestrini; el Sr. Ministro del Interior Florencio Randazzo; el Sr. Secretario de Obras Públicas José López; y los Srs. Diputados Nacionales Dante Dovena y Carlos Moreno, entre otras destacadas figuras políticas, Concejales y militantes.

 

Durante su discurso, el Sr. Intendente de José C. Paz, Mario Alberto Ishii, profirió la siguiente manifestación: “Guay, guay de aquellos que se quieren pasar de listos con este gobierno porque hay muchos peronistas y compañeros, como los que están acá, que vamos a salir a la calle y los vamos a ir a buscar…”

Los dichos proferidos por el Sr. Mario Alberto Ishii no son propios de alguien que detenta un cargo institucional de la importancia de intendente, y no son propios del estado de derecho y de la democracia, colocándose peligrosamente cerca del delito tipificado como incitación a la violencia e intimidación pública, Titulo VIII, Delitos Contra el Orden Público, Capitulo III, Artículo 212º del Código Penal de la Nación, el cual establece:

ARTICULO 212º CPN. - Será reprimido con prisión de tres a seis años el que públicamente incitare a la violencia colectiva contra grupos de personas o instituciones, por la sola incitación.

Estas expresiones no son la mejor forma de comenzar un año electoral, tampoco lo es que ninguno de los funcionarios presentes haya tratado de bajar los decibeles de estas declaraciones agresivas y violentas frente a miles de personas. Nos preguntamos ¿son acaso las palabras amenazantes del Intendente Ishii ominosas? ¿son el aviso de una metodología a implementar sistemáticamente por el oficialismo? ¿no son acaso calcadas a las que se pronunciaban en el pasado triste y violento por el que tuvo que atravesar nuestro país, y que creíamos distante?

A la violencia física siempre la antecede la violencia verbal, la exacerbación de los ánimos y el soliviantar a los pueblos a través de bravatas como la que nos convoca. Creemos que estas actitudes son de una increíble irresponsabilidad y que deben ser repudiadas por este Cuerpo con toda la contundencia que el caso amerita. No decir nada y mirar para otro lado sería también un increíble acto de irresponsabilidad por parte de los miembros de esta Cámara de Diputados.

 

La Coalición Cívica en José C. Paz reúne a militantes del Partido ARI, Partido GEN, Partido Socialista y del Movimiento Territorial de Liberación.

Tras 12 (doce) años de gobierno de un mismo partido en José C. Paz, y veinte (20) en la Provincia de Buenos Aires, es hora de un verdadro cambio que nos permita acceder a la infraestructura bàsica que necesitamos para mejorar nuestra calidad de vida; agua corriente, cloacas, gas natural, asfaltos bien hechos; y a los siguientes derechos fundamentasles: que nuestros hijos se eduquen en escuelas dignas, acceso gratuito a la salud sin pagar bonos extras, y seguridad en nuestras calles, barrios y comercios.

Nosotros proponemos otra clase de gobierno municipal: el gobierno de los vecinos.

Buscamos una Democracia Participativa y Transparente.

Queremos integrar a los vecinos al gobierno municipal, promoviendo su participación directa, su control, escuchando sus sugerencias y atendiendo sus críticas.

Queremos reencontrar al vecino con la política, no permitamos que nos engañen diciendo que la política es “sucia” porque los sucios son los corruptos.
La Coalición Cívica es una propuesta amplia que trasciende las barreras de la política tradicional, donde se prioriza la conducta de sus integrantes sobre la ideología coincidiendo en tres Principios Fundamentales:REPÚBLICA, ÉTICA Y DISTRIBUCIÓN DEL INGRESO.

Ahora en José C. Paz…. HAY OPOSICIÓN

  

 

 

 

 

 

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