La Coalición Cívica, a través del Concejal Filippa, presentó en el Concejo Deliberante un proyecto de comunicacion sobre “Señalización de la ruta prov 24″ .
La ampliación de la ruta hace que circulen mayor cantidad de vehiculos y a mayor velocidad. Pese a que durante meses y meses se anuncio, y luego se llevo acabo el trabajo de ampliación, jamás se demarcaron ni los carriles ni las sendas peatonales.
Quien conduce por la ruta 24 sabe de los problemas para identificar los carriles y los problemas que ocasiona como el desorden vehicular y las colisiones.
Este proyecto fue APROBADO, aún esta incoclusa la obra…
La Coalición Civica, a través del concejal Filippa, se solicitó que se refuerce el patrullaje policial preventivo sobre las calles Chile, entre Muñoz y Ruta 8, en el barrio Diana y en la Avenida Potosí, en horas de la mañana cuando los vecinos se dirigen a sus trabajos y los padres acompañan a sus hijos a la escuela, y en horas de la noche, cuando al amparo de la oscuridad la actividad delictiva recrudece.
La presencia policial permanente contribuye a desalentar la actividad, preservando la seguridad e integridad de los vecinos.
Los proyectos de Comunicación, FUERON APROBADOS.
La Coalición Cívica, a través del Concejal Mario Filippa, presentó dos proyectos de resolución dónde se solicita el arreglo de las luminarias y los bancos de la Plaza Belgrano.
El deterioro y la falta de mantenimiento de la principal plaza de nuestro distrito es notoria y preocupante.
El Estado Municipal no puede desentenderse de los espacio públicos de la ciudad, y menos aún, cuando son tan escasos.
La Coalición Cívica presentó este pedido de Informes, a través del Concejal Mario Filippa
Solicitud de Informes
Solicitar al Departamento Ejecutivo Municipal, y por su intermedio al organismo que corresponda, a que informe a la brevedad y por escrito sobre los siguientes puntos que son de interés respecto a la obra denominada “Universidad de José C. Paz”
1) Informe cuál es la modalidad bajo la cuál se construye la obra denominada “Universidad de José C. Paz” (según lo indicado por el Art. 60º y 132º del Decreto-Ley 6769/58.)
2) En caso que la modalidad de construcción de la obra haya sido por Licitación Pública (Art. 136º Decreto-Ley 6769/58) remita copia de la documentación detallada a continuación:
1° Plano general y detalle del proyecto.
2° Pliego de bases y condiciones.
3° Presupuesto detallado.
4° Memoria descriptiva.
5° Datos técnico-financieros.
3) En caso que la modalidad de construcción de la obra haya sido por Administración (Art. 138º Decreto-Ley 6769/58) remita copia de la documentación detallada a continuación:
1° Memoria descriptiva.
2° Planos generales y de detalle.
3° Cómputo métrico.
4° Presupuesto detallado y total.
5° Plan de ejecución con indicación de la fecha de iniciación, plazo y monto de ejecución mensual.
4) Remita copia de los Informes sobre Cumplimiento del Plan de Ejecución y Balance de Inversiones realizados por el profesional a cargo de la obra, según lo normado en el Art. 139º Inc. b) del Decreto-Ley 6769/58.
5) Informe como se financia la construcción de la obra, cual será su costo final, informe cuál es el monto invertido a la fecha y cuál es la fecha estimada de
finalización de la obra.
6) Informe y remita copia de la documentación pertinente en referencia a la autorización emitida oportunamente por el ONABE (Organismo Nacional Administrador de Bienes del Estado) para edificar en el predio perteneciente al ferrocarril General San Martín la obra denominada “Universidad de José C. Paz”
7) Informe y remita copia del Plan Estratégico confeccionado por la Municipalidad de José C. Paz en donde se detectan y especifican las necesidades de Educación Superior del distrito. Detalle cuales serán las Carreras Universitarias que se dictarán en la mencionada “Universidad de José C. Paz”.
Informe si se evaluaron otras propuestas y posibilidades educativas tendientes a ofrecer Educación Superior en el distrito mediante convenios con otras Universidades Nacionales ya instaladas en la región.
9) Informe si se constituyo la Comisión de propietarios electores del distrito encargados de realizar las correspondientes tareas de fiscalización de la obra, según lo indicado por el Art. 193º Inc. 6º de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires; y por el Art. 150º del Decreto-Ley 6769/58. En caso positivo remita listado de integrantes y copia de las actuaciones realizadas a la fecha.
10) Informe si se ha tenido en cuenta la posibilidad de que la ley necesaria para crear la “Universidad de José C. Paz” no sea sancionada. En ese caso informe cuál será el uso que se dará al edificio.
Fundamentos
Es función y responsabilidad indelegable de todo Cuerpo Deliberativo de estar informado respecto del manejo y destino de los fondos públicos administrados por el Departamento Ejecutivo. En igual sentido, corresponde al Cuerpo Deliberativo conocer el desarrollo toda obra de infraestructura que comprometa recursos del erario público municipal.
Por lo mencionado anteriormente creemos justo y necesario elevar al Departamento Ejecutivo esta solicitud de información respecto de la obra denominada “Universidad de José C. Paz” edificada en el predio ubicado entre las calles Leandro N. Alem y Pueyrredón, obra iniciada a principios del año 2003 y que a la fecha aún permanece en construcción.
Nosotros en principio no nos oponemos a priori a ningún proyecto, escuchamos con atención todas las propuestas tendientes al progreso de José C. Paz, lo único que exigimos es que sean propuestas serias y que los recursos del erario público municipal sean manejados e invertidos con especial cuidado. A la fecha la propuesta del oficialismo de crear la Universidad de José C Paz no es seria, porque no se manejo con seriedad la cuestión, y la propuesta no se ajusta en lo más mínimo a los procedimientos normados vigentes en la materia.
Afirmamos que no es seria la forma en que se manejo este proyecto, porque se procedió con la política de los hechos consumados, sin que exista ninguna seguridad de que el Congreso sancionará la correspondiente ley de creación de la universidad, y conociendo los débiles argumentos para sostener la necesidad y conveniencia de crear una Universidad Nacional en el distrito, el Departamento Ejecutivo se embarco en edificar una obra con fondos municipales a sabiendas que el destino del proyecto era incierto.
Cuando nos referimos a la debilidad de los argumentos esgrimidos, nos referimos a que en buena medida las necesidades de Educación Superior se encuentran cubiertas en el distrito dada lo oferta académica en la materia presente en la región, a saber: a poco más de 6 kilómetros dirigiéndose por RP 24 – ruta 8 – y finalmente calle Juan María Gutiérrez al 1150, se encuentra la sede de la Universidad de General Sarmiento. A poco más de 14 kilómetros yendo también por RP 24 se llega a la Regional Pacheco de la Universidad Tecnológica Nacional. La Universidad de Lujan, se encuentra a unos 30 kilómetros, viajando por RP 24 y luego ruta 7, Universidad que además cuenta con una Sede Regional en el vecino San Miguel. En la localidad de Caseros, a 24 kilómetros de distancia y a 30 minutos de viaje en tren se encuentra la Universidad Nacional de Tres de Febrero y, finalmente, a unos 30 kilómetros la Universidad Nacional de San Martín. Es decir, cinco universidades (más las sedes regionales) rodean a José C. Paz, en las mencionadas universidades se ofrece una amplia gama de carreras, que van desde las carreras técnicas, a las humanidades, todas a poco más de 30 minutos de viaje.
No es razonable argüir que porque José C. Paz es un distrito “pobre” necesita una Universidad para sacar a sus habitantes de la pobreza, ya que si ese argumento es válido, lo es para las generales de la ley, entonces buena parte de los 2.112 municipios que componen la Nación estarían en condiciones de exigir la creación de una Universidad en su propio territorio.
Es una verdad evidente que la movilidad social se debe en buena medida al nivel de educación alcanzado y que hoy en día la educación terciaria es una necesidad, pero creemos que también existen otras necesidades que sí son responsabilidad del Municipio como lo es poder contar con condiciones de vida dignas, con agua potable, con cloacas, con gas natural, con asfaltos, entonces nos preguntamos si los recursos utilizados para edificar la obra en cuestión no hubieran tenido mejor destino si se las utilizaba para cubrir estas necesidades mas cercanas y más apremiantes.
Procedimiento para la creación de una Universidad Nacional (según lo normado por la Ley 26.206, Ley de Educación Nacional, y Ley 24.521, Ley Nacional de Educación Superior)
La Ley 26.206, Ley de Educación Nacional, constituye la ley marco que norma y organiza el Sistema Educativo Nacional en todos sus niveles. A su vez, esta ley delega en la Ley 24.521, Ley Nacional de Educación Superior, lo que respecta a la educación terciaria universitaria y no universitaria, pública y privada.
En la Ley 24.521 se estipulan taxativamente los pasos a seguir y los requisitos para la creación de una Universidad Nacional. Sintéticamente estos son:
1º) Una Universidad Nacional se crean mediante Ley de la Nación sancionada por el Congreso. Para que se apruebe la ley es requisito necesario la aprobación de un Estudio de Factibilidad realizado por el CIN (Consejo Interuniversitario Nacional) esto es así y así lo estipula el artículo 48º de la Ley 24.521, el cual cito a continuación:
CAPITULO 4
En virtud de la importancia de fortalecer la integracíón social y de brindar igualdad de acceso a la información para todas las personas, la Coalición Cívica presentó el proyecto de “Integración de Personas con Discapacidades Auditivas”.
Durante estos años, y gracias a la intensa lucha llevada a cabo por las personas que padecen estas dificultades y las Organizaciones abocadas a este tema se avanzó en la implementación de medidas tendientes a integrar las personas, aún nos queda mucho por hacer como sociedad.
Todos tenemos el mismo derecho a la Información, y nuestro municipio de encuentra atrasado respecto a otras experiencias nacionales y mundiales que ya han incorporado el lenguaje de señas cotidianamente.
El proyecto encomienda al Departamento Ejecutivo la incorporación dentro del área de Protocolo de Intérpretes en Lenguaje de Señas cumpliendo funciones en todos los eventos y actos públicos donde participe la Municipalidad de José C. Paz y la capacitación en Lenguaje de Señas de, al menos, un empleado municipal en cada dependencia que tenga atención al público.
El proyecto de Integración de Personas con discapacidades Auditivas fue APROBADO por el Concejo Deliberante de José C. Paz.
La Coalición Cívica presentó el Proyecto de Ordenanza “Municipio PRO-VIDA ANIMAL” debido a que nuestro distrito existe una descontrolada natalidad siendo peligroso para las personas, pudiendo transmitir virus como la rabia.
Al declarar a José C. Paz como “Municipio PRO-VIDA ANIMAL” se controlaría la población canina a través de la educación, la tenencia responsable, la esterilización y la promoción del bienestar animal, adoptando como método eficiente para el control de la reproducción de los animales domésticos la práctica de la esterilización quirúrgica.
El proyecto también establece que la atención debe ser gratuita, realizado en el Centro de Zoonosis de José C. Paz y en un quirófano ambulatorio que sería instalado en los principales puntos barriales como las Sociedades de Fomento, Entidades de Proteccion Animal rotando cada 15 días, procurando siempre un trabajo en conjunto con las entidades protectoras del animal, dejando en claro que se debe evitar la proliferación indiscriminada de animales y la protección de los mismos.
La Centro de José C. Paz nos demuestra claramente que el Estado Municipal jamás tomó medidas efectivas tendientes a evitar la proliferación canina, transformando nuestro principal Centro Comercial en una perrera a cielo abierto.
El Proyecto de “MUNICIPIO PRO-VIDA ANIMAL” FUE PASADO A COMISIÓN…
Creemos en el principio ético fundamental de que cada voto debe estar refrendado con nombre y apellido, y que los Concejales no deben esconderse en el anonimato. Los Concejales deben hacer pública su votación y la misma debe estar fundamentada, haciendose responsables frente a la comunidad por lo que votan, ya que esto constituye un compromiso básico y elemental entre “representante”, el Concejal, y “representado”, el Pueblo.
Este es un principio de transparencia que debe ser implementado de inmediato, para que cada paceño sepa como votan sus Concejales, y si en su forma de votar están o no cumpliendo con el deber de defender los intereses de los vecinos. Conocer que pasa en el Honorable Consejo Deliberante, quienes cumplen asistiendo a las Sesiones y quienes no, así como el comportamiento de cada Concejal a la hora de votar, es un derecho de todos los ciudadanos de José C. Paz.
Quien no quiera o no pueda mantener y fundamentar la forma en la que voto una Ordenanza frente a su comunidad, no merece ser Concejal.
Read the rest of this entry »